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29 de agosto de 2025

Anses no suspende el beneficio de AUH si no se presenta la libreta

La Anses no suspende el pago del beneficio de la AUH si no se presenta la libreta correspondiente, pero no se paga el 20% que se retiene mensualmente si no se presenta dicho formulario correspondiente al período de febrero del año anterior a marzo del actual.

La libreta debe presentarse todos los años, ya sea a través del portal Mi Anses o de manera presencial en las oficinas del organismo. A los 60 días de la gestión se liquida el complemento anual.

Cabe señalar que el 20% retenido a la AUH mensualmente no se ajusta por la movilidad, por ello, se recomienda hacer la gestión lo antes posible.

Es importante destacar que el único formulario válido para la presentación digital es el que se genera desde Mi Anses (se debe ingresar a la página o la aplicación, con CUIL y clave de la seguridad social). Una vez firmado por la escuela y el centro de salud, debe subirse en formato JPG y con un peso menor a 3 MB.

El 31 de diciembre de cada año vence el plazo para presentar dicha libreta.

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